Alivio temporal para los DREAMers y las obligaciones del empleador
La administración Obama decidió ofrecer protección migratoria a inmigrantes indocumentados más jóvenes a través del programa “Proceso de Acción Diferida para Jóvenes”. ¿Qué podría significar esto potencialmente para su empresa? A continuación, se proporciona un breve resumen del programa y una guía para los empleadores.
Los beneficiarios del nuevo programa deben cumplir con todos los siguientes requisitos:
- Tener entre 15 y 30 años y haber ingresado a los EE. UU. Antes de los 16;
- Ha estado presente en los EE. UU. Durante 5 años a partir del 15 de junio de 2012;
- Ha mantenido su residencia continua;
- No haber sido condenado por un delito grave o varios delitos menores; y
- Estar actualmente matriculado en la escuela secundaria, graduado o tener un GED, o ser veteranos dados de baja honorablemente de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas.
Necesitan las empresas hacer algo ahora?
No. Las agencias federales involucradas en la implementación de este nuevo programa no han anunciado los procedimientos exactos que las personas deben seguir para solicitar este programa. Se espera la emisión de esos procedimientos dentro de los próximos 60 días. Si bien este nuevo programa abre beneficios de inmigración que antes no estaban disponibles, incluida la autorización de trabajo temporal para las personas elegibles, los empleadores deben continuar manteniendo correctamente un Formulario I-9 para todos sus empleados y continuar cumpliendo con todas las leyes de inmigración.
Las empresas necesitan decir algo a sus empleados?
No. Este programa no está diseñado para ayudar a las empresas a patrocinar a personas para la autorización de trabajo. Ayuda a personas sin estatus migratorio legal. Sin embargo, si un empleador prefiere notificar a sus empleados sobre cualquier posible familiar o amigo que pueda ser elegible para el programa, Monty & Ramirez puede proporcionarle al empleador un guión para ayudar a los empleadores a informar a sus empleados sobre estos desarrollos y evitar negocios y asuntos legales relevantes. riesgos.
Qué debo hacer si un empleado me informa que ha solicitado el programa?
La ley federal requiere que los empleadores solo empleen a personas autorizadas para trabajar en los Estados Unidos. Los empleadores deben ser proactivos al recordar a sus empleados lo siguiente:
- La empresa cumple con todas las leyes de inmigración;
- Nada en la ley ha cambiado en relación con el empleo de personas que pueden establecer una autorización de trabajo legal vigente;
- Cualquier diferencia sustancial en la información que él o ella proporcionó inicialmente a la empresa en lo que respecta a su autorización legal de trabajo podría dar lugar a su despido; y
- No hay nada que un empleador pueda hacer por sus empleados bajo el nuevo programa porque el programa no es un programa patrocinado por el empleador.
MEJORES PRÁCTICAS DE CUMPLIMIENTO DE INMIGRACIÓN
Realizar una auditoría de cumplimiento
Las empresas deben seguir cumpliendo con las leyes de inmigración relacionadas con la autorización de trabajo, el mantenimiento de registros y la no discriminación. Monty & Ramirez recomienda que las empresas realicen una revisión integral de sus políticas y prácticas de inmigración contratando a una firma independiente para que realice una auditoría para identificar deficiencias en su política.
Preparar proactivamente a los profesionales y gerentes de recursos humanos
Cada empresa tiene una fuerza laboral y necesidades comerciales diferentes. Por lo tanto, los empleadores deben consultar con sus abogados laborales para desarrollar puntos de conversación para discutir asuntos de inmigración con su fuerza laboral, así como un “guión” para las consultas específicas de los empleados.
Mucha gente se muestra optimista sobre este desarrollo de la ley. Ciertamente, la difícil situación de los “DREAMers” es una circunstancia especial. Los empleadores deben estar preparados para el impacto inmediato y a largo plazo que estas personas eventualmente tendrán en su fuerza laboral. No dude en llamar a Monty & Ramirez (281.493.5529) si está interesado en recibir más información.
Jacob M. Monty es el socio fundador de Monty & Ramirez LLP. Está certificado por la junta en derecho laboral y laboral por la Junta de Especialización Legal de Texas. Es miembro del American Law Institute y fue nombrado miembro de Texas Super Lawyers en 2008, 2009, 2010 y 2011.
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