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Extensiones provisionales

A veces, usted o un miembro de su familia tendrá que venir a los Estados Unidos, pero es inadmisible para ingresar a los Estados Unidos o inadmisible para un ajuste de estatus o ser expulsado de los Estados Unidos.

Una persona puede necesitar una exención por muchas razones diferentes, como haber sido expulsada previamente del país o condenada por un delito, o simplemente por tener ciertas enfermedades.

Cuando un familiar es clasificado como inadmisible o removible, esto no significa que no haya esperanza. Es posible solicitar una exención de inmigración a los Servicios de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos (USCIS). Las exenciones o exenciones están disponibles para aquellos que buscan un ajuste de estatus u otros beneficios de inmigración que de otra manera no estarían disponibles. Debe saber qué exención enviar y debe seguir los pasos correctos para enviarlo correctamente. Monty & Ramirez pueden ayudar.

Solicitudes de USCIS para una exención provisional para la mayor parte de Houston.

Hay muchas formas de exenciones disponibles, depende del motivo de la inadmisibilidad y depende de si la persona inadmisible está buscando venir a los Estados Unidos temporalmente como no inmigrante o si la persona inadmisible está tratando de venir al Estados Unidos de forma permanente.

Por lo general, es más común que una persona inadmisible que es elegible para una exención venga a los Estados Unidos temporalmente, con una visa de estudiante F-1 o una visa de trabajador profesional H-1B. Sin embargo, este no es siempre el caso y si se otorgará una exención o no depende de muchos factores, incluido quién solicita la exención, la relación del inmigrante con las personas en los Estados Unidos y el motivo de la inadmisibilidad.

Algunos de los muchos casos diferentes de exenciones de las Leyes Nacionales y de Inmigración (INA) incluyen:

  • Una exención 212 (d) (3) (a) para alguien que ha sido expulsado previamente de los Estados Unidos y que es la persona que ahora busca venir a los Estados Unidos temporalmente.
  • Una exención 212 (a) (9) (B) (v) para alguien que sea cónyuge, hijo o hija de un ciudadano de los Estados Unidos que sea inadmisible porque estuvo presente en los Estados Unidos ilegalmente. A
  • 121 (d) (3) (A) exención para una persona que busca venir al país temporalmente y que es inadmisible por no asistir a un procedimiento de deportación.
  • Una exención 212 (h) para una persona que busca la residencia permanente pero es inadmisible en base a un delito que involucra una violación de la moral.

Elegir la exención correcta, completar toda la documentación requerida y presentar correctamente la solicitud de exención puede ser muy difícil. Es importante contar con un abogado calificado que lo asesore durante el proceso para que pueda tener la mejor oportunidad de que se le otorgue la exención.

En Monty & Ramirez, nuestros abogados tienen mucha experiencia con la presentación de exenciones provisionales del Gran Houston a USCIS. Nuestro objetivo es siempre ayudarlo a usted o su familiar o ser querido a poder venir a los Estados Unidos durante el tiempo que desee, y usaremos nuestro amplio conocimiento de las leyes de inmigración para intentar que esto sea posible. También nos comunicaremos con usted a lo largo de su caso y lo mantendremos informado sobre cómo avanza el proceso de inmigración.

Llámenos o contáctenos en línea hoy para comenzar con la presentación de la exención para que el proceso de inmigración pueda comenzar a avanzar. En Monty y Ramirez, sabemos lo que funciona .®

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